DO ALICANTE
Añadas de la Zona Vinícola
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ALICANTE | E | MB | MB | B | MB | MB | MB | MB | E | MB | E | MB | MB | B | B | MB | MB | MB | MB | B | B | B | B | B | B | B | MB | B | B | MB | R | B | R | R | B | B | B | R | E | B | R | E | B | B | D | B |
Zona de producción
Alicante: Alcalalí, Alcocer de Planes, Algueña, Alicante, Banyeres de Mariola, Beneixama, Beniarbeig, Beniarrés, Benichembla, Benidoleig, Benillup, Benimarfull, Benimeli, Benissa, Benitachell, Biar, Calpe, Campo de Mirra, Cañada, Castalla, Castell de castells, Cocentaina, Dénia, El Verger, Elda, Els Poblets, Gata de Gorgos, Gayanes, Hondón de las Nieves, Hondón de los Frailes, Ibi, Jalón, Jávea, La Romana, Llíber, Lorcha, Monóvar, Murla, Ondara, Onil, Orba, Orihuela, Parcent, Pedreger, Petrer, Pinoso, Planes, Sagra, Salinas, Sanet y Negrals, Sax, Senija, Teulada, Tibi, Tormos, Vall de Laguart, Villena
Murcia: Abanilla, Jumilla, Yecla
Clima
El papel que juega el clima mediterráneo en el desarrollo de la vid es decisivo. Factores como la elevada temperatura media (entre 13ºC y 18ºC, alcanzando en verano máximas entre 30º y 40ºC), la escasez de lluvias (entre 300 y 500 mm/año), el alto número de horas de insolación (2.500 horas de sol despejado al año), y la menor altitud sobre el nivel del mar determinan la diferenciación de los vinos de Alicante. En las comarcas del interior el clima mediterráneo recibe influencias continentales por su proximidad a la Meseta, mientras que la zona de la Marina Alta constituye en microclima marítimo que se ve favorecido por la brisa marina.
Variedades Tintas
Autorizadas: Bobal, Cabernet Sauvignon, Merlot, Pinot Noir
Preferentes: Garnacha Tinta, Garnacha Tintorera, Monastrell , Tempranillo
Variedades Blancas
Autorizadas: Chardonnay, Planta Fina, Verdil
Preferentes: Airén, Macabeo, Merseguera , Moscatel de Alejandría
Tipos de vino
- Vino nuevo o vino joven. Podrán utilizar estas indicaciones los vinos blancos, rosados y tintos, que se embotellen dentro de los nueve meses siguientes a la vendimia, siendo obligatorio indicar en la etiqueta su añada
- Cosecha. Esta indicación puede aplicarse exclusivamente a los vinos elaborados con uva recolectada en el año que se mencione en la indicación. A los efectos del Reglamento, las indicaciones cosecha y vendimia se consideran equivalentes
- Crianza, reserva y gran reserva. En lo que respecta a las condiciones y características que deben reunir los vinos para merecer estas indicaciones, se atendrá a lo dispuesto en el artículo 8 del Real Decreto 157/1988 de 22 de febrero y demás normativa que pueda ser aplicable
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Vino rancio Alicante. Esta indicación podrá aplicarse a los vinos que han seguido un proceso de envejecimiento marcadamente oxidativo, con cambios bruscos de temperatura en presencia del aire, que habrá de ajustarse a las siguientes normas:
- Envejecimiento en envases de madera o en envases de cristal sometidos a radiaciones solares
- Período mínimo de veinticuatro meses
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Vino noble Alicante. Esta indicación podrá aplicarse únicamente a los vinos cuya riqueza alcohólica sea exclusivamente natural y estén elaborados con variedades de uvas principales. El proceso de envejecimiento habrá de ajustarse a las siguientes normas:
- Envejecimiento en envases de madera, en botella o en los tipos de envases tradicionalmente utilizados para envejecimiento de los vinos de calidad propios de Alicante
- Período mínimo de: Vinos blancos, rosados y tintos: Treinta meses
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Vino añejo. Únicamente podrá aplicarse esta indicación a los vinos de calidad sometidos a proceso de crianza que habrá de ajustarse a las siguientes normas:
- Crianza en envases de madera, en botella, o en los tipos de envases utilizados tradicionalmente en los vinos propios de Alicante
- Período mínimo de: Vinos blancos, rosados y tintos: Treinta y seis meses. Vino añejo y vino viejo se consideran equivalentes a los efectos del presente Reglamento
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Fondillón. Se aplicará esta indicación, exclusiva de la Denominación de Origen Alicante, a los vinos elaborados con uvas de la variedad Monastrell, sobremaduradas en la cepa y con excepcionales condiciones de calidad y sanidad. En la fermentación se utilizarán únicamente levaduras autóctonas y la riqueza alcohólica adquirida deberá ser, en su totalidad, natural. El proceso de crianza deberá ajustarse a las siguientes normas:
- Toneles de roble y sistemas de crianza propios de la zona
- Duración mínima de diez años, según el sistema de crianza, sin que en ningún caso el último vino utilizado para rellenar tenga menos de cuatro años
- Moscatel de Alicante. La utilización del nombre «Moscatel de Alicante» queda reservada únicamente para los vinos dulces y de Licor Moscatel, elaborados a partir de uvas de la variedad Moscatel de Alejandría
Consejo Regulador
Consejo Regulador de la D.O. "ALICANTE"
Orense, 3. Entresuelo dcha
03003 - Alicante
Alicante - España
Tel.: 965 984 478 - Fax: 965 229 295
Listado de Bodegas
Bodega Coop. Ntra Sra. del Carmen
Denominación de Origen ALICANTE
Cañada -Alicante Comunidad Valenciana
Bodega Coop. San Vicente Ferrer
Denominación de Origen ALICANTE
Teulada -Alicante Comunidad Valenciana
Bodega Coop. Santa Catalina del Mañan
Denominación de Origen ALICANTE
Mañan-AlicanteComunidad Valenciana
Bodega Coop. Virgen de la Salud
Denominación de Origen ALICANTE
Hondón de los Frailes-AlicanteComunidad Valenciana
Bodega Francisco Gómez Hernández
Denominación de Origen ALICANTE
Villena -AlicanteComunidad Valenciana